Para comenzar a hablar sobre cómo obtener la Nacionalidad Española es indispensable que tengas en cuenta que la información que suministramos es orientativa. Aconsejamos un asesoramiento específico, ya sea por nuestra parte o por la de otros profesionales.
En esta sección encontrarás información sobre cómo obtener la Nacionalidad Española. Si deseas comenzar con la solicitud puedes rellenar el formulario y estudiaremos tu caso.
Si tienes más preguntas puedes dejar tu mensaje más abajo.
Solicitar información sobre la Nacionalidad Española:
¿Cómo obtener la Nacionalidad Española?
Hay diversas maneras de obtener la Nacionalidad Española, ya sea por residir en el país, por familiares españoles o incluso por casarse con un español o española.
Cada caso es distinto, por lo que hay que considerar todas las opciones, no desesperar y buscar la mejor opción para cada uno.
Españoles de origen
Sin desarrollarlo mucho hablaremos de que son españoles de origen los nacidos de padres españoles (madre o padre), los nacidos de padres extranjeros, siempre y cuando uno de los dos naciera en España, así como los niños que nacen en España y se desconoce la identidad de los padres.
También se consideran españoles aquellos menores adoptados por españoles, en caso de ser mayor de 18 años puede optar a la nacionalidad, pero en un plazo de dos años.
Nacionalidad por opción
La Nacionalidad Española por opción es muy recurrida en los casos que se cumplen una serie de requisitos expuestos por la legislación española, podrán solicitar la Nacionalidad Española por opción aquellas personas que:
- Hubieran estado o estén en la actualidad bajo la patria potestad de un español.
- Cuyo alguno de los padres hubiese sido español y hubiese nacido en España.
- Hubiesen sido adoptados por españoles siendo mayores de 18 años, aunque en esta opción hay que esperar hasta que pasen dos años tras la adopción oficial.
- Que tras cumplir los 18 años se determine que los padres eran españoles o que se nació en España, a eso se le llama determinar la filiación, desde que se determina oficialmente tienen que pasar dos años para solicitar la Nacionalidad Española.
Esta modalidad, por llamarla de alguna manera, es un proceso bastante rápido, ya que la nacionalidad suele obtenerse en un periodo no superior a un año. Decimos rápido porque el resto de opciones puede perdurar mucho más en el tiempo, cada una tiene su tiempo determinado de trámite y resolución.
Nacionalidad por residencia
Esta modalidad, la obtención de la Nacionalidad Española por residencia, es una de las más solicitadas. Sin embargo, para solicitar este tipo de nacionalidad es preciso residir por un tiempo determinado en el país.
Ese tiempo puede variar según el país de origen, puede ir desde los diez años de permanencia a tan solo un año.
Partimos de la base que hay que residir diez años en el país para poder solicitar la Nacionalidad Española, sin embargo hay acuerdos que reducen ese tiempo, el cual puede ser de cinco, de dos o incluso de un año, a continuación los listamos:
- Es necesario residir cinco años en el caso de refugiados. Si alguien que ha obtenido la condición de refugiado quiere obtener la Nacionalidad Española deberá residir por un periodo continuado de cinco años en España.
- Se reduce a dos años para determinados países. Los nacionales de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, nacionales de países iberoamericanos o aquellos con origen sefardí, que quieran tramitar la solicitud de la Nacionalidad Española, deberán residir por un periodo de dos años en España.
- Tan solo precisarán de un año de residencia:
- Los nacidos en el territorio español.
- Quien no tramitó debidamente la adquisición de la nacionalidad por opción.
- Aquel que estuviera bajo tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano español o una institución española por un periodo de dos años.
- El casado con un español o un española, sin estar separado legalmente y transcurrido un año de matrimonio.
- Los que quedan viudos o viudas de españoles, siempre que no hubieran estado separados legalmente.
- Si es nacido fuera de España de padres nacidos fuera de España, o abuelos, siempre que originariamente hubieran sido españoles.
Requisitos para optar a la nacionalidad por residencia
Hay cinco requisitos que son fundamentales para adquirir la Nacionalidad Española por residencia, estos son:
- Que la residencia exigida (explicada en el punto anterior) sea inmediatamente anterior a la solicitud.
- Se debe acreditar buena conducta cívica.
- Igual que la buena conducta, también hay que acreditar un alto grado de integración en la sociedad.
- No se permiten antecedentes, debes acreditar que no tienes en España o en tu país de origen.
- La documentación debe estar en vigor, sí, el pasaporte, entre otras cosas, no puede estar caducado.
Hay que presentar determinada documentación extra y en referencia a lo descrito, nuestros abogados se ocupan de asesorar en este aspecto, siempre dependiendo de la opción, país y otros posibles añadidos. Estos documentos constan, entre otros muchos, de certificados de antecedentes penales o empadronamientos. Al solicitar la tramitación de la Nacionalidad Española, a través de NIES.es, se informará debidamente según la necesidad individual de cada solicitante.
Cómo obtener la Nacionalidad Española para refugiados
Aclaramos que este punto es para quien tenga reconocida la condición de refugiado, no hablamos de Protección Internacional o la condición de asilado, pues los tiempos de residencia para solicitar la Nacionalidad Española son diferentes.
En lugar de exponer listados o detallar opciones, vamos a hablar de ejemplos prácticos. Ya que no es lo mismo la protección que se da en un país o en otro, escogeremos para el ejemplo Siria, ya que hay conflicto bélico.
Una persona de origen sirio, a la que se le ha reconocido la condición de refugiado, necesitaría una residencia continuada de cinco años, transcurrido ese tiempo podría solicitar la Nacionalidad Española.
Sin embargo, esa misma persona, pero con el derecho de asilo reconocido, así como si fuera la Protección Internacional lo que le han reconocido, debería demostrar una residencia de diez años.
Si no tienes claro que condición se te ha reconocido, lo has olvidado o simplemente necesitas asegurarlo, puedes consultar directamente con la Oficina de Asilo y Refugio de tu comunidad.
Nacionalidad española para nacionales de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, países Iberoamericanos o personas de origen sefardí.
España concede la Nacionalidad Española a los nacionales de estos países que residan en su territorio por un periodo superior a dos años. Siempre y cuando lo soliciten.
A destacar el tema del periodo continuado, porque para el computo del tiempo de residencia no se permite una ausencia prolongada de más de tres meses, dentro de un mismo año, del territorio español.
Pero, ¿Qué son los países iberoamericanos? La respuesta más clara es que son los estados que tienen como lengua oficial el español y el portugués. Si tienes dudas, de si un país pertenece a esta descripción, puedes dejar una consulta a modo de comentario un poco más abajo.
También hay que tener en cuenta que, los nacionales de estos países no pierden su nacionalidad de origen, adquiriendo la Nacionalidad Española se encontrarían en la situación de doble nacionalidad.
El tiempo de tramitación puede durar entre seis meses y un año, pero pueden surgir retrasos como en la actualidad, alargándose los periodos de espera para la obtención de la nacionalidad.
Cómo obtener la Nacionalidad Española con tan solo un año de residencia
Existe la posibilidad de obtener la Nacionalidad Española residiendo un año en el país, pero tienen que ser en los casos concretos que hemos comentado con anterioridad. Ahora destacaremos algunos detalles sobre los mismos.
Sobre el primer punto no hay dudas, en el segundo punto se hace referencia a quien no ejerciera debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad por opción, sería más o menos como otra oportunidad o forma de proceder.
Con el punto que queremos hacer hincapié es con el de la nacionalidad por matrimonio. Es importante destacar que para la solicitud de nacionalidad el matrimonio tiene que estar, por decirlo de alguna manera, en vigor. Explicándolo mejor, el que haya residido durante un año con su pareja, sin estar separados legalmente o de hecho.
¿Puede solicitar la Nacionalidad Española quien demuestre un año de residencia si es Pareja de Hecho? No, para este caso no es asimilable.
Igualmente, puede solicitar la nacionalidad quien acredite un año de residencia los viudos de ciudadanos españoles. Igual que con el matrimonio, es necesario que antes del fallecimiento no estuvieran separados legalmente, de hecho o incluso judicialmente.
Por último hemos hablado de los nacidos fuera del territorio español de padre o madre nacidos también fuera de España, abuelos, siempre y cuando todos ellos originariamente hubieran sido españoles. No se comprende con una primera lectura, ¿verdad?, no os preocupéis, vamos a hablar de esto en un apartado independiente tratando de explicarlo mejor.
Nacionalidad por posesión de estado
Esta forma es curiosa, porque depende de que el interesado, de buena fe, haya utilizado (y se entiende que sentido suya) la Nacionalidad Española como si lo fuera durante diez años, si bien, desconocía que no fuera español.
Para que nos entendamos, que se haya sentido y comportado como un español pensando que lo era, pero por circunstancias en realidad no lo era.
Cómo obtener la Nacionalidad Española por carta de naturaleza
Este procedimiento no respeta las normas anteriores, pues el Gobierno puede otorgar la Nacionalidad Española por Real Decreto.
Pero para ello deben concurrir circunstancias excepcionales. Digamos que se otorga la Nacionalidad Española por gracia del Gobierno.
Un ejemplo práctico son los deportistas de élite que van a representar a España. En ocasiones podemos leer comentarios criticando que se les de tan rápido, aquí tienes la respuesta.
Debes tener en cuenta que son deportistas que representarán a España en competiciones internacionales, no es que se le de a cualquier deportista de élite.
Examen para solicitar la Nacionalidad Española por residencia
Las personas que pretenden solicitar la Nacionalidad Española por residencia tienen que superar dos exámenes; un primer examen DELE de nivel mínimo A2, con el que se otorga un diploma, el cual certifica el dominio del idioma español. Y un segundo examen CCSE, con el que se acreditan conocimientos socioculturales de España y otros sobre la Constitución Española (CE).
De ello se encarga el Instituto Cervantes, en nombre del Ministerio de Educación y Formación Profesional de España.
Examen DELE (Relacionado con el idioma)
Comenzaremos con la parte buena de este examen, que no es otra que los países donde el idioma hispano es oficial estarán exentos de realizarlo, pues no sería lógico que se examinaran del propio idioma que ya dominan, estos países son;
Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial (Se habla Español, además de Portugués y Francés), Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
Para poder aprovecharse de esta exención hay que aportar el pasaporte en vigor de uno de estos países, recordad que podemos tener otra nacionalidad e incluso no ser esta la principal.
Examen DELE A2
El examen está dividido en cuatro pruebas de idioma:
- La primera prueba es de comprensión lectora.
- En la segunda prueba te examinas de comprensión auditiva.
- Tienes una tercera prueba de expresión e interacción escrita.
- Finalizar con una cuarta prueba de expresión e interacciones orales.
Hablemos de la primera prueba de comprensión lectora
Tienes 60 minutos para responder 25 preguntas sobre distintos textos que tienes que leer, es muy sencillo, pueden preguntarte sobre que le dice una amiga a otra, el precio de algún servicio o qué dice un anuncio, entre otras cosas, para ello tienes 60 minutos.
Te dejamos una imagen de muestra y un examen completo en formato PDF, puedes acceder pinchando aquí.
Vayamos a la segunda prueba de compresión auditiva
Esta prueba tiene 25 preguntas para 40 minutos, todas ellas divididas en cuatro tareas donde se darán a escuchas diferentes audios.
Las preguntas también son bastantes simples, muchas apoyadas con imágenes impresas, hay que tratar de responder sobre lo que has escuchado, como por ejemplo el número de habitaciones que han dicho que tenía un hotel o que dice una persona que le duele.
Volvemos a exponer una imagen del ejemplo del examen DELE A2 correspondiente a la comprensión auditiva, puedes consultarlo pinchando aquí. Entra en el anterior enlace para ver una vista del examen completo.
Continuamos con la tercera prueba de expresión e interacción escrita
Para esta prueba se cuenta con 45 minutos, se mostrarán imágenes y tiene que responder interactuando entre ellas, por ejemplo, responder por correo electrónico a un amigo o contar una historia según las imágenes de muestra.
Dejamos una muestra al respecto de las imágenes comentadas de un ejemplo del examen DELE A2 que corresponde a la expresión e interacción escrita. En el punto anterior te hemos dejado un enlace para que descargues el examen completo.
Finalizamos con la cuarta prueba de expresión e interacciones orales
La cuarta prueba del examen DELE A2 es la más corta, pues contamos con tan solo 12 minutos para realizarla.
Aquí hay que hablar con una persona, la cual realiza una especie de entrevista, te piden hablar 2 o 3 minutos sobre un tema, describir una fotografía en 2 o 3 minutos y por último hablar otros 3 o 4 minutos sobre una historia imaginaria.
Para comprenderlo mejor dejamos una muestra del examen DELE A2 correspondiente a la prueba de expresión e interacciones orales, para la Nacionalidad Española.
Puntuaciones mínimas para aprobar el examen DELE A2 para la Nacionalidad Española
Cada una de las cuatro pruebas que hemos descrito sobre el examen DELE A2 se compone de 25 puntos, haciendo un total de 100 puntos para el examen completo.
Para resultar APTO:
- Hay que sacar un mínimo de 30 puntos entre las pruebas de comprensión de lectura y expresión e interacción escrita (Prueba UNO y DOS).
- Además, es preciso sacar otros 30 puntos entre las pruebas de comprensión auditiva y expresión e interacción oral (Prueba TRES y CUATRO).
Precio para realizar el examen DELE A2
Para la realización del examen es preciso realizar un pago de 130 euros. Este precio se ha estipulado para el año 2020.
Examen CCSE (Relacionado con la cultura general)
Este examen es obligado para que se pueda otorgar la Nacionalidad Española a los residentes en España o en su caso, a los sefardíes originarios de España.
Se trata de una prueba de conocimientos, pero no temas, son conocimientos socioculturales y constitucionales que, la mayoría puedas ya conocer debido a tu residencia, otros se pueden aprender con un poco de estudio.
CCSE: Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España
Al igual que con el Examen DELE A2, es el Instituto Cervantes el que se hace cargo del Examen CCSE.
Documentación en vigor para el examen CCSE
Antes de pasar a explicar en qué consiste el examen CCSE hay que recalcar algo muy importante. El Instituto Cervantes es muy riguroso a la hora de identificar a las personas que asisten a las pruebas de conocimientos correspondientes. Este rigor pasa por presentarse con la documentación debidamente en vigor, no aceptando pasaportes caducados.
Si bien, durante la situación de 2020, tan peculiar por el distintos Estados de Alarma, más concretamente el primero, han pasado por alto la documentación caducada en esas fechas. Fuera de ese tiempo no permitirán acceder a la prueba con la documentación que no esté en vigor.
¿Cómo es el examen CCSE?
El examen se compone de VENTICINCO preguntas, divididas en cinco apartados denominados «TAREAS«, con tres opciones de respuesta, es un examen tipo test.
- En la PRIMERA TAREA encontrarás DIEZ preguntas. Las cuales se pondrán a prueba tus conocimientos sobre el Gobierno, poderes e instituciones del Estado, leyes fundamentales y los mecanismos de participación ciudadana.
- Para la SEGUNDA TAREA te expondrán TRES preguntas. Aquí responderás sobre los deberes y derechos que conlleva la Nacionalidad Española.
- Una TERCERA TAREA estará compuesta por DOS preguntas. Te preguntarán sobre la organización territorial, geografía física y política de España.
- La CUARTA TAREA tendrá TRES preguntas. te pondrán a prueba sobre lo que sabes de las tradiciones, aspectos culturales y hechos históricos españoles (relevantes).
- Finalizarás con la QUINTA TAREA compuesta por SIETE preguntas. Para acabar el examen deberás responder sobre aspectos de la vida cotidiana y comportamiento de la sociedad. También sobre trámites administrativos en España.
Para cumplir con las VENTICINCO preguntas tienes exactamente 45 minutos.
Si quieres ver el examen completo te dejamos la prueba correspondiente al Examen CCSE del año 2020; pinchando aquí encontrarás la versión de consulta.
Puntuación mínima para aprobar el examen CCSE para la Nacionalidad Española
- Los errores no penalizan, por lo que puedes contestar sin temor (pero trata de hacerlo bien).
- Cada pregunta vale 1 punto, debes sacar un mínimo de 15 puntos (equivale al 60% del examen).
Precio para realizar el examen CCSE
Para poder optar a la realización del examen es preciso realizar un pago de 85 euros. Este es el precio estipulado para el año 2020.
Tras obtener la Nacionalidad Española necesitas un Certificado de Concordancia
Una vez obtienes la Nacionalidad Española es necesario que acredites tu cambio de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), y por tanto de Número de Identidad de Extranjero (NIE), al Documento Nacional de Identidad Español (DNI).
Es preciso demostrar que la nueva identidad, relacionada con un DNI, es la misma que la que anteriormente estaba relacionada a tu anterior NIE, por lo que precisas solicitar un Certificado de Concordancia, documento expedido por la Policía Nacional donde verifica que se ha cambiado el mencionado número de identidad, por lo que la asociación de un número a otro se verifica de manera oficial.
¿Para qué necesitas un Certificado de Concordancia?
Muy sencillo, todo aquel contrato que firmaras en su día con tu NIE debes asociarlos a tu nuevo DNI.
La compañía de luz, agua, el contrato de alquiler, la cuenta bancaria, el contrato laboral, cualquier tipo de ayuda social o para lo que necesites acreditar que eres la misma persona que la que figuraba con tu anterior NIE.
En los sitios mencionados anteriormente, así como en otro donde lo requiera, deberás mostrar tu nuevo DNI con el Certificado de Concordancia.
Puedes solicitar el Certificado de Concordancia pinchando aquí. Este certificado no tiene caducidad, pudiéndolo solicitar desde que te otorguen la Nacionalidad Española.
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