Uno de los procedimientos de extranjería por el que hay mucho interés es la reagrupación familiar en España, ya que no sería extraño que quieras traer a tu familia para que puedan estar legalmente contigo. Es por esto que hemos recopilado todo lo que necesitas saber sobre la reagrupación y los detalles a tomar en cuenta para hacer el trámite.
Como podrás leer más adelante, hay varios tipos de reagrupación familiar, y solo leyendo las condiciones que exigen en cada una conocerás si puedes optar por una u otra.
¡Conoce cuáles son los pasos a seguir para empezar con este proceso y mucho más!
¿Qué es la reagrupación familiar?
Es un procedimiento relacionado a extranjería en el que se le otorga un permiso de residencia en España a una persona no europea. Esto es con el objetivo de que puedas traer a tus familiares al país por medio de un permiso de residencia y trabajo.
Toma en cuenta que podrás optar por este procedimiento si has renovado tu residencia en España para al menos otro año, además, para reagrupar a tus ascendientes debes tener una residencia de larga duración.
Uno de los requisitos para que puedas optar por la reagrupación familiar es tener al menos un (1) año en el país de forma legal. Sin embargo, también podrás reagrupar sin tener que cumplir este requisito si eres titular de una residencia de larga duración en otro estado miembro de la Unión Europea.
También aplica si eres beneficiario del régimen especial de investigadores o eres titular de una tarjeta azul. Por su parte, es preciso que demuestres que la persona que quieres traer a España depende económicamente de ti.
¿Qué es visado para reagrupación familiar en régimen general?
Este procedimiento permite que una persona reagrupada solicite una autorización de residencia temporal para otro residente extranjero reagrupado. No obstante, este proceso solo puedes hacerlo si tienes más de 1 año con residencia legal en España.
En el caso de que se trate de una reagrupación de ascendientes o descendientes de tu pareja estable o cónyuge, es necesario que seas titular de una residencia de larga duración. De no ser así, tienes que al menos haber solicitado la autorización de residencia de largo duración.
¿Qué familiares se pueden reagrupar?
Esta es una de las dudas más frecuentes, ya que como extranjero residente puedes querer reagrupar a toda tu familia. ¿Es posible? En primera instancia no, solo hay algunas personas que puedes reagrupar: tus padres o suegros (ascendientes), tus hijos o los hijos de tu cónyuge (descendientes), tu pareja de hecho o cónyuge.
En general el procedimiento para reagrupar a tus familiares es el mismo, solo cambian los requisitos o documentos que deberás presentar según el tipo de familiar que sea.
Leamos qué puedes hacer en cada caso:
Cómo reagrupar a mis hijos
Hay algo que debes tomar en cuenta antes de empezar con el trámite: solo puedes reagrupar a tus hijos si son menores de 18 años. Una de las formas de reagrupar hijos de hasta 21 años es en la reagrupación familiar comunitaria, y en este caso tendrás que demostrar que está estudiando y que depende de ti financieramente.
En este procedimiento no es posible reagruparlos si tienen trabajo y tampoco es posible reagrupar nietos.
Por su parte, otra de las formas de reagrupar hijos de hasta 21 años es si este tiene una minusvalía que se pueda demostrar y sea dependiente de sus padres.
El requisito indispensable para reagrupar a tu hijo es aportar el certificado de nacimiento cuando hagas la solicitud para demostrar que realmente es tu hijo. Además, una forma de demostrar que depende económicamente es presentar el registro de los envíos de dinero que le has hecho los últimos años.
Cómo reagrupar a mi cónyuge
En el reglamento de extranjería se expresa que puedes reagrupar a tu marido o esposa, tu pareja de hecho o concubino/a. Incluso tienes la posibilidad de reagrupar a tu pareja tanto si es del mismo o de diferente sexo.
Lo primordial al iniciar con este procedimiento es presentar un certificado de matrimonio o el registro de la pareja de hecho. Esto servirá como un documento que certifica el vínculo de afecto, por lo mismo, es vital que tu pareja o tú no estén casados con una tercera persona.
Otro de los requisitos para proceder es que tienes que demostrar de una u otra manera que no es una pareja de conveniencia, por lo que presentar un certificado de empadronamiento o de alquiler en el que ambos estén inscritos será genial.
Cómo reagrupar a mi madre, padre o suegros
En general esta puede ser una de las reagrupaciones más complicadas porque los requisitos suelen ser estrictos. Por ejemplo, los ascendientes deben tener más de 65 años de edad, ser dependientes financieros y existir suficientes motivos por los que sea necesario reagruparlos.
Para demostrar que dependen financieramente de ti puedes presentar las transferencias de dinero que les hayas hecho o si has estado a cargo de sus gastos importantes.
No obstante, también deberás cumplir algunos requisitos como disponer de una tarjeta de larga duración (residir mínimo 5 años en España) y cierta documentación que certifique que la persona es tu madre, padre o suegro/a.
Familia extensa: cómo reagrupar a los demás familiares
Cuando se da el caso de que a quien quieres reagrupar es un sobrino, hermano, tío, nieto o cualquier otro familiar, es momento de que acudas al proceso de reagrupación de la familia extensa. Como leíste previamente, el otro tipo de reagrupación no te permitiría hacerlo, pero hay una condición para que puedas optar por la familia extensa.
Es necesario que tengas nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea. De esta forma también puedes traer a hijos mayores de 21 años o una pareja no inscrita en el Registro Civil. Asimismo, es preciso que cualquiera de estos familiares dependa económicamente de ti y que esté a tu cargo.
Otro detalle que servirá al momento de hacer la solicitud es que debes haber hecho envíos de dinero en los últimos 12 o 24 meses, y tener suficientes medios económicos para costear también tus gastos.
Reagrupación familiar comunitaria
¡Vaya, otro tipo de reagrupación! En esta ocasión debemos aclararte primero un detalle: se le llama erróneamente “reagrupación familiar comunitaria”, pero en realidad se refiere a la solicitud de la tarjeta de familiar comunitario. Es por esta razón que no se aplica la Ley General de Extranjería, sino el régimen comunitario.
Habiendo aclarado esto, pasemos a lo siguiente. Puedes optar por este tipo de procedimiento si tienes nacionalidad europea. Sin embargo, no es lo mismo que la reagrupación de familia extensa, ya que en este caso solo puedes reagrupar a padres, suegros, hijos, pareja o cónyuge.
Por otro lado, los requisitos y las condiciones para determinar a qué familiares puedes traer son más flexibles. Por ejemplo, con este proceso tus familiares van a obtener una tarjeta comunitaria, no una autorización de residencia o trabajo.
Teniendo la nacionalidad española también puedes traer a hijos de hasta 21 años, siempre que tengas los medios económicos suficientes para mantener a esa persona.
Documentación para solicitar la reagrupación familiar
Previamente te comentamos un poco sobre los requisitos o documentación que tendrás que presentar en función del tipo de familiar que vayas a reagrupar. Sin embargo, aquello fue solo una muestra de lo que debes recopilar para hacer este procedimiento.
La documentación necesaria varía en función del trámite que se vaya a realizar. Empecemos por la documentación que como reagrupante deberás presentar al momento de hacer la solicitud en la Oficina de Extranjería.
Luego, te mencionaremos los que necesita presentar tu familiar.
En la oficina de extranjería
Antes de presentar la documentación en la oficina de extranjería debes saber que no es necesario que los documentos sean originales, con una copia bastará:
- Copia del pasaporte.
- Permiso de residencia.
- Pasaporte del familiar que quieres traer a España.
- Si a quien vas a reagrupar es mayor de edad, certificado de antecedentes penales.
- Documento que acredite tu parentesco con la persona. Si es tu cónyuge, debes presentar el certificado de matrimonio; si es tu hijo/a, el certificado de nacimiento.
- En el caso de ser un hijo, documentación que acredite que vas a ejercer en solitario la patria potestad, así como una autorización del otro progenitor para su residencia en España.
- Informe de vivienda adecuada para certificar que el reagrupado vivirá en buenas condiciones. Este informe debe ser emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, y por la Corporación Local cuando así lo establezca la Comunidad Autónoma.
- Seguro médico privado o estar inscrito en el sistema de seguridad social.
- Presentar un documento que certifique que cuentas con los medios económicos suficientes para encargarte de tu o tus familiares cuando vengan a España.
Cabe destacar que el informe de vivienda adecuada debe hacer referencia al título que te habilita para ocupar la vivienda, el número de habitaciones, número de personas que la habitan, condiciones y equipamiento, y el uso que le están dando a la vivienda.
Que cuentes con los medios económicos es uno de los puntos más importantes para que la solicitud de la reagrupación sea exitosa. Para demostrar que son suficientes, debes presentar una cantidad igual o superior al 150% del IPREM. Sin embargo, esto es si piensas traer a un único familiar.
En el caso de que sean varios familiares a la vez, es preciso que agregues un 50% más a la cantidad, también es preciso que muestres un contrato de trabajo con al menos 1 año de antigüedad y las últimas 6 nóminas. Si en cambio eres trabajador/a autónomo/a, tienes que presentar la última declaración del IRPF.
Documentación a presentar tu familiar en el consulado español
Tu familiar sí deberá presentar la certificación legal de los documentos en el consulado español de su país de origen. Para hacer la solicitud del visado deberá presentar:
- Formulario de la solicitud de visa nacional que puedes descargar en el siguiente enlace: http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/OTTAWA/Documents/Solicitud%20de%20visado%20-%20Espa%C3%B1ol.pdf.
- Antecedentes penales apostillados o legalizados.
- Certificado médico donde se muestre que no sufres de una enfermedad grave reconocida en el reglamento.
- Documentación que acredite el parentesco con el reagrupante en España.
Para obtener la TIE o tarjeta de residencia en España
Este es el trámite que deberá hacer tu familiar cuando llegue a territorio español. Para tramitar la tarjeta de residencia debe presentar:
- Foto de carné a color.
- Modelo EX17 debidamente llenado. Descárgalo haciendo clic aquí (https://www.ub.edu/uri/Documents/ex17.pdf).
- Comprobante del pago de la tarifa correspondiente para el trámite.
¿Qué requisitos se necesitan para reagrupación familiar en España?
Lo que va a garantizar una solicitud exitosa es que –además de la documentación– el familiar que quieres reagrupar y tú cumplan con los requisitos que te vamos a mencionar, ya que muchos de ellos tienen que ver con aspectos legales:
- No tener antecedentes penales en España u otro país en el que haya sido su residencia durante los últimos 5 años.
- No tener prohibida la entrada a España ni en los países con los que España tenga un convenio.
- Tener una tarjeta de residencia válida y vigente.
- Tener asistencia sanitaria de la Seguridad Social o tener un seguro privado.
- Abonar la tarifa necesaria para tramitar el proceso.
- No se puede tener nacionalidad de otro país de la Unión Europea, EEA o Suiza. De ser así, aplicaría para el permiso como familiar comunitario y el “reagrupante” es quien debe tener la nacionalidad europea.
- Tener mínimo 12 meses viviendo en territorio español y haber realizado la solicitud de la renovación de la tarjeta de residencia inicial.
- Demostrar que tienes los medios económicos para cuidar de quien quieres reagrupar.
- No padecer de enfermedades que repercuta de manera grave en la salud pública, según lo establecido en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- No se pueden reagrupar más de un cónyuge o pareja. Si te has casado por segunda o más veces, necesitas acreditar la disolución de la situación anterior con respecto a la vivienda o pensión.
¿Cómo hacer la solicitud de la reagrupación familiar?
Este es un proceso en el que tú como reagrupante y tu familiar como futuro reagrupado deben hacer. El trámite se inicia contigo, pero para que no quedes con alguna duda te desglosaremos los pasos por partes:
1. Inicia el trámite en la Oficina de Extranjería de España
En vista de que ya deberías tener tu permiso de residencia y trabajo en España, empezarás con el trámite acudiendo a la Oficina de Extranjería local. Para ello, puedes visitar esta página https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones.html# y así saber cuál es la dirección de la oficina a la cual acudir según tu lugar de residencia.
Al momento de hacer la solicitud debes presentar toda la documentación que te hemos comentado en uno de los apartados anteriores, pero recuerda que no es necesario que certifiques los documentos, con que tengas la copia del original será suficiente.
Luego de que hayas entregado la documentación, hay un plazo de aproximadamente 45 días en el que recibirás respuesta a tu solicitud. En el caso de que no recibas respuesta, se sobreentiende que el procedimiento ha sido denegado. Si por el contrario recibes respuesta a tu solicitud, la persona que vas a traer a España tendrá 2 meses para hacer la solicitud de su visado.
2. Solicitud del visado por el familiar en su país de origen
Este trámite debe hacerlo el familiar que quieras traer a España en el consulado español situado en su país de origen. Para esta solicitud –a diferencia del paso anterior– todos los documentos deben estar legalmente certificados. Igualmente deberá incluir la respuesta favorable a la solicitud emitida por la Oficina de Extranjería.
El consulado puede tardar alrededor de 2 meses para dar respuesta a la solicitud del visado. Cuando le respondan, tendrá 2 meses para obtener la visa. Cabe destacar que si es menor de 18 años será un representante legal quien se encargue de recoger el documento.
3. Solicitar la TIE o tarjeta de residencia
Cuando tu familiar tenga su visado, ya puede empezar a vivir en España.
Algo que debes tomar en cuenta es que tendrá máximo 3 meses para viajar al territorio español y luego de aterrizar en el país, dispone de 1 mes para solicitar la TIE en la Oficina de la Policía.
Esto bastará para que tu familiar pueda estar contigo de manera legal en España.
Renovación de la reagrupación familiar
La renovación que se debe hacer corresponde a la autorización de residencia, ya que la que reciben en la solicitud inicial tiene una duración de un (1) año. Si al terminar este plazo quieres seguir viviendo en España, será necesario que renueves el permiso de residencia.
Este trámite se realiza en la oficina de extranjería de la región en la que residas estando en España. Lo que se establece es que hagas la renovación 60 días antes de la fecha de caducidad de la tarjeta o 90 días después de que haya expirado.
Los requisitos que deberás presentar son básicamente los que entregaste en la solicitud inicial, de manera que demuestre que las condiciones todavía se cumplen. Una vez que pidas la cita con extranjería y presentes la documentación, recibirás respuesta en un plazo de 3 meses. Si no recibes respuesta alguna, la solicitud habrá sido aprobada.
Cómo obtener una autorización de residencia temporal independiente siendo familiar reagrupado
Las condiciones que te indican que puedes obtener esta residencia independiente dependen del tipo de familiar reagrupado que seas. A continuación te comentaremos sobre los cónyuges, hijos menores o ascendientes:
- Cónyuge o pareja: básicamente podrás empezar con este procedimiento una vez obtengas una autorización para trabajar o cuentes con los medios económicos suficientes para tener la autorización de residencia temporal. De no haber separación, obtendrás esta autorización cuando hayas residido en España durante 5 años.
- Ascendientes: cuando obtengas la autorización para trabajar.
- Hijos y menores de edad: cuando alcances la mayoría de edad y cumplas con los requisitos para obtener la residencia. También es necesario que cuentes con los medios económicos suficientes o varios contratos de trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Cómo reagrupar a mi hermana o hermano?
Por medio de la reagrupación familiar no es posible reagrupar a tus hermanos. En esta ocasión lo que deberás hacer es solicitar una reagrupación familiar por familia extensa. En este tipo de trámite sí podrás reagrupar a familiares que no se incluyen en la reagrupación familiar general.
¿Cuánto tarda la reagrupación familiar?
A manera general, este proceso tarda un máximo de 6 meses, aunque el tiempo de espera va a depender de algunos factores como el tiempo que tarde en responder el consulado y lo que se tome la oficina de extranjería en darte una cita.
De manera más detallada, una vez que solicitas la cita en la oficina de extranjería, puede tomar varias semanas para tener una respuesta. Si no recibes ninguna respuesta, significa que se ha denegado la solicitud. En el caso de que te den una respuesta positiva, tu familiar tendrá que pedir un visado en el consulado donde resida.
Luego se podría tardar como máximo 2 meses para recibir el visado y posteriormente entrar a España en un plazo de 3 meses aproximadamente.
¿Cuántas nóminas necesito para reagrupación familiar?
Si vas a reagrupar solo un familiar, la cantidad mensual es del 150% del IPREM. A medida que vayas añadiendo otro miembro a la reagrupación, deberás sumar otro 50% del IPREM.
¿Quiénes pueden solicitar el permiso de residencia por reagrupación familiar?
El miembro de la familia que tenga residencia legal en España y que cumpla con algunos requisitos como haber residido legalmente durante un año y tener la autorización para otro año al menos. Igualmente el reagrupante debe tener una vivienda adecuada y medios económicos suficientes para poder cubrir las necesidades de ambos (reagrupante y reagrupado).
Estarás exento de cumplir el requisito de un año de residencia si eres titular de una tarjeta azul UE, beneficiario/a del régimen especial de investigadores o titular de una residencia de larga duración UE.
¿Se puede ejercer el derecho de reagrupación el familiar una vez se haya sido reagrupado?
Siempre y cuando cuentes con la autorización de residencia y trabajo vigente, así como haberte independizado del reagrupante y cumplir con los requisitos que exigen para la reagrupación familiar.
Considera todo lo que has leído aquí sobre hacer la solicitud de la reagrupación familiar en España. ¿Puedes optar por la de régimen general o la de régimen comunitario? ¿Tal vez la de familia extensa? Toma nota de la documentación necesaria y trae a tu familiar a España. También puedes dejar tu comentario con dudas u opiniones al respecto.
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